Contrato compraventa: su eficacia en caso de quiebra o concurso de acreedores
Contrato compraventa
Abogado especialista contrato compraventa: Efectos del contrato en situación de quiebra o concurso acreedores: El despacho de Abogados Angel Centeno Abogados & Asociados, ubicado en Madrid y Málaga, bajo el principio que preside el quehacer diario de ejercer su desarrollo profesional en la atención y dedicación orientada a las necesidades de sus clientes, garantizando la mejor defensa, desempeñando con ello un asesoramiento jurídico en el área contractual, contrato de compraventa, se pronuncia, en virtud de Jurisprudencia acerca de la siguiente situación de hecho: Declarada judicialmente la situación de quiebra del deudor, éste en virtud de los efectos retroactivos de la quiebra, no puede proceder a celebrar un contrato de compraventa sobre un bien inmueble de su propiedad, máxime si este es el único que tiene, porque tal celebración de contrato de compraventa aunque se formalice en Escritura Pública y el comprador o adquirente Inscriba la escritura de venta en el Registro de la Propiedad, es nulo de pleno derecho, que faculta a los acreedores a ejercer la oportuna acción judicial de nulidad radical o de nulidad de pleno derecho si tal contrato se ha celebrado dentro del periodo de retroacción de la quiebra.
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